POLÍTICAS DE DESCONEXIÓN LABORAL

1. OBJETO

La presente Política de Desconexión Laboral tiene por objeto establecer los lineamientos internos para garantizar el derecho de los trabajadores de MENTA MODA NOVEDADES S.A.S. a desconectarse de sus actividades laborales fuera de la jornada de trabajo, durante los períodos de descanso, vacaciones, permisos, licencias e incapacidades, promoviendo el equilibrio entre la vida laboral y personal, sin perjuicio de las excepciones legales y operativas que resulten necesarias para garantizar la continuidad del negocio, la atención de contingencias y la protección de los intereses legítimos de la compañía.

2. ALCANCE

La presente política aplica a todos los trabajadores de MENTA MODA NOVEDADES S.A.S., independientemente de su cargo, modalidad de contratación, lugar de prestación del servicio o nivel jerárquico. Asimismo, será observada por directivos, líderes, supervisores y demás personas que ejerzan funciones de dirección, coordinación o control dentro de la organización.

Las disposiciones aquí contenidas se aplicarán sin perjuicio de las excepciones previstas en la ley para trabajadores que desempeñen cargos de dirección, confianza y manejo, así como para aquellos casos en que, por razones operativas, comerciales, de seguridad, atención de emergencias, contingencias o continuidad del negocio, resulte necesaria la realización de comunicaciones o requerimientos laborales extraordinarios conforme a la normatividad vigente.

3. MARCO NORMATIVO

La presente Política de Desconexión Laboral se fundamenta en la Constitución Política de Colombia, el Código Sustantivo del Trabajo, la Ley 2191 de 2022 y demás normas que regulen el derecho al descanso, la salud, la dignidad humana, el bienestar laboral y la protección de los derechos de los trabajadores, así como en las disposiciones internas adoptadas por MENTA MODA NOVEDADES S.A.S.

4. DERECHO A LA DESCONEXIÓN LABORAL

MENTA MODA NOVEDADES S.A.S. reconoce el derecho de sus trabajadores a no atender comunicaciones, instrucciones, requerimientos o solicitudes de carácter laboral fuera de su jornada ordinaria de trabajo, durante los períodos de descanso, vacaciones, permisos, licencias e incapacidades, conforme a lo establecido en la legislación vigente.

El ejercicio de este derecho no podrá generar represalias, discriminación, sanciones o afectaciones injustificadas en las condiciones laborales del trabajador. No obstante, su aplicación deberá armonizarse con las excepciones legales y con las necesidades extraordinarias de la operación, continuidad del negocio, atención de emergencias, contingencias o situaciones urgentes que requieran intervención inmediata para proteger los intereses legítimos de la compañía.

5. EXCEPCIONES A LA DESCONEXIÓN LABORAL

De conformidad con la legislación vigente, el derecho a la desconexión laboral no impedirá que la compañía realice comunicaciones o requerimientos fuera de la jornada laboral cuando existan situaciones excepcionales, urgentes o imprevistas que requieran atención inmediata para garantizar la continuidad de la operación, la protección de los activos de la empresa, la atención de clientes, el cumplimiento de obligaciones legales o contractuales, la gestión de emergencias o la prevención de perjuicios económicos, operativos o reputacionales.

Igualmente, esta política se aplicará teniendo en cuenta las excepciones legales previstas para trabajadores que desempeñen cargos de dirección, confianza y manejo, o aquellos cuyas funciones impliquen disponibilidad especial, coordinación operativa, supervisión o atención de contingencias, de conformidad con la normatividad laboral vigente.

6. RESPONSABILIDADES DE LOS LÍDERES Y TRABAJADORES

Los directivos, líderes, coordinadores y demás personas con personal a cargo deberán promover el respeto por los tiempos de descanso de los trabajadores, planificar adecuadamente las actividades laborales y procurar que las comunicaciones y requerimientos se realicen dentro de la jornada ordinaria de trabajo, salvo en los casos excepcionales previstos en la presente política.

Por su parte, los trabajadores deberán gestionar sus funciones de manera diligente dentro de la jornada laboral, utilizar responsablemente los canales de comunicación corporativos y respetar igualmente el derecho a la desconexión laboral de sus compañeros y superiores.

7. CANALES DE REPORTE Y TRÁMITE DE SITUACIONES RELACIONADAS CON LA DESCONEXIÓN LABORAL

Los trabajadores que consideren vulnerado su derecho a la desconexión laboral podrán poner la situación en conocimiento de su jefe inmediato o del área de Gestión Humana, a través de los canales internos establecidos por la compañía.

MENTA MODA NOVEDADES S.A.S. evaluará cada caso de manera objetiva, confidencial y conforme a las circunstancias particulares de la operación, garantizando el debido análisis de los hechos reportados y la adopción de las medidas que resulten procedentes de acuerdo con la ley y las políticas internas de la organización.

8. SITUACIONES EXCEPCIONALES

Podrán realizarse comunicaciones fuera de la jornada laboral únicamente cuando existan circunstancias extraordinarias que requieran atención inmediata para:

  • Evitar afectaciones graves a la operación de la compañía.
  • Prevenir riesgos para la seguridad de las personas o de los bienes de la empresa.
  • Atender emergencias operativas, tecnológicas, comerciales o legales.
  • Cumplir requerimientos urgentes de autoridades competentes.
  • Gestionar situaciones que puedan generar perjuicios significativos para la organización.

Estas excepciones deberán ser razonables, justificadas y proporcionales.

9. VACACIONES, LICENCIAS E INCAPACIDADES

Durante los períodos de vacaciones, incapacidades médicas, licencias remuneradas o no remuneradas, permisos y demás ausencias legalmente reconocidas, el trabajador tendrá derecho pleno a la desconexión laboral.

Ningún colaborador podrá ser requerido para desarrollar actividades laborales ordinarias durante dichos períodos, salvo que exista autorización legal o acuerdo válido conforme a la normativa vigente.

10. PREVENCIÓN DE RIESGOS PSICOSOCIALES

La compañía promoverá medidas orientadas a prevenir el agotamiento laboral, el estrés ocupacional, el síndrome de desgaste profesional y demás riesgos asociados a la hiperconectividad laboral.

Para ello desarrollará acciones de sensibilización, capacitación y promoción del bienestar integral de sus trabajadores.

11. MECANISMOS DE REPORTE

Todo trabajador que considere vulnerado su derecho a la desconexión laboral podrá informar la situación al área de Gestión Humana, a su jefe inmediato o a los canales internos establecidos por la compañía.

Las solicitudes serán atendidas de manera confidencial, objetiva y oportuna.

12. PROHIBICIÓN DE REPRESALIAS

MENTA MODA NOVEDADES S.A.S. prohíbe cualquier forma de represalia contra quienes ejerzan legítimamente su derecho a la desconexión laboral o reporten posibles incumplimientos de esta política.

Cualquier conducta de represalia podrá dar lugar a investigaciones internas y a la aplicación de medidas disciplinarias correspondientes.

13. DIVULGACIÓN Y CAPACITACIÓN

La presente política será divulgada a todos los trabajadores mediante los canales corporativos de comunicación y hará parte de los procesos de inducción, reinducción y formación interna de la organización.

14. VIGENCIA Y CUMPLIMIENTO

La presente Política de Desconexión Laboral entra en vigencia a partir de su publicación y será de obligatorio cumplimiento para todos los trabajadores, directivos y colaboradores de MENTA MODA NOVEDADES S.A.S.

Su interpretación y aplicación se realizará de conformidad con la legislación laboral vigente, las necesidades razonables de la operación y los principios de buena fe, colaboración y mutuo respeto que deben regir las relaciones laborales dentro de la organización.

La presente Política de Desconexión Laboral fue aprobada por la Dirección de MENTA MODA NOVEDADES S.A.S. y entra en vigencia a partir de la fecha de su publicación, siendo de obligatorio conocimiento y cumplimiento para todos los trabajadores, directivos y colaboradores de la organización.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Santiago de Cali, 15 de mayo de 2026.

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CRISTIAN ZULUAGA A

REPRESENTANTE LEGAL

MENTA MODA NOVEDADES S.A.S.

 

15.   CONTROL DE DOCUMENTOS

 

CONTROL DE CAMBIOS

ITEM

VERSION

DESCRIPCIÓN DEL CAMBIO

FECHA

1.        

001

Creación del Documento

Mayo 2026

 

 

 

 

 

 

ELABORADO POR:

REVISADO POR:

APROBADO POR:

Nombre: Angie Yuliana Grijalba

Cargo: Asesora Externa SST

Nombre: Romario Obregón

Cargo: director de Gestión Humana

Nombre: Cristhian Fernando Zuluaga

Cargo: Representante Legal